CÓMO ESTABLECER UNA EMPRESA EN EL PERÚ

1. Elección del tipo de sociedad

Principales formas empresariales previstas por la ley: La sociedad anónima, la sociedad comercial de responsabilidad limitada, la sucursal, la asociación en participación, el consorcio, entre otras. Las gestiones pueden ser realizadas de manera directa o a través de un representante.

1.1 Documentos que acreditan la calidad de Representante:

1.1.1. Poder otorgado por la Persona Jurídica en el exterior, designándolo como su representante. El poder deberá estar legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. Si el poder ha sido otorgado en idioma extranjero, deberá estar traducido al español.

1.1.2. En caso el representante sea ciudadano extranjero, se necesita visa de negocios y/o carné de extranjería.

1.2 Cuadro Comparativo de Sociedades:

MODALIDAD   FORMAS SOCIETARIAS
  MODALIDAD  SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA                       SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA                       SOCIEDAD ANÓNIMA
   CARACTERISTICAS  De 2 a 20 socios participacioncitas  De 2 a 20 accionistas.  De 2 accionistas como mínimo. No existe número máximo.
                                           DENOMINACION  Tendrá una denominación seguida de las palabras «Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada», o de las siglas «S.R.L.»  El accionista que desee transferir sus acciones a otro accionista o a terceros debe comunicarlo a la sociedad y solicitar la aprobación de la misma.  Tendrá una denominación seguida de las palabras «Sociedad Anónima Cerrada, o de las siglas «S.A.C.»  Tendrá una denominación seguida de las palabras «Sociedad Anónima», o de las Siglas «S.A.»
                                  ORGANOS  – Junta general de Socios. – Gerentes  – Junta general de Accionistas. – Directorio, el nombramiento del mismo es facultativo.  – Junta general de Accionistas. – Directorio. – Gerencia.
                                            CAPITAL SOCIAL    El capital es representado por participaciones y deberá estar pagada cada participación por lo menos en un 25%.  Los aportes pueden ser en moneda nacional y/o extranjera, en contribuciones tecnológicas intangibles. El capital es representado por acciones y deberá estar suscrito completamente y cada acción pagada por lo menos en un 25%.  Los aportes pueden ser en moneda nacional y/o extranjera, en contribuciones tecnológicas intangibles.  El capital es representado por acciones y deberá estar suscrito completamente y cada acción pagada por lo menos en un 25%.  
DURACIÓN   Indeterminada   Determinado o Indeterminado   Determinado o Indeterminado  
       
     1.2.1. La Sucursal
Las empresas, domiciliadas o no en el país, pueden libremente establecer sucursales en el Perú, debiendo inscribirlas en el Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral de la SUNARP del lugar de su funcionamiento. La sucursal carece de personería jurídica independiente de su principal. Está dotada de representación legal permanente y goza de autonomía de gestión en el ámbito de las actividades que la sociedad principal le asigna, conforme a los poderes que otorga a sus representantes.   La Escritura Pública de Establecimiento de Sucursal deberá contener cuando menos:
El certificado de vigencia de la sociedad principal. Tratándose de sociedades constituidas en el extranjero, deberán presentar, además la constancia que donde se establezca no se encuentra impedida de establecer sucursales en el extranjero;Copia del pacto social y del estatuto o de los instrumentos equivalentes en el país de origen de ser el caso; y,El documento donde conste el acuerdo de establecer la sucursal, adoptado por el órgano social competente de la sociedad principal, indicándose el capital que se le asigna a la sucursal; la declaración de que las actividades que realizará la sucursal están comprendidas dentro del objeto social de la principal; el lugar del domicilio de la sucursal; la designación de un representante legal permanente en el país; los poderes que le confiere; y su sometimiento a las leyes del Perú para responder por las obligaciones que contraiga la sucursal en el país.  
El representante legal de la sucursal, deberá tener poderes suficientes para resolver cualquier cuestión relacionada con las actividades de la empresa, para obligar a la sociedad por las operaciones que realice la sucursal y las generales de representación procesal que exige la ley.  
1.2.2. Los Contratos Asociativos
Los contratos asociativos crean y regulan la participación e integración en negocios o empresas determinadas, en interés común de los intervinientes. Este tipo de contrato, no genera una persona jurídica, deberá constar por escrito y no está sujeto a inscripción en el Registro. Existen 3 formas de contratos asociativos: el contrato de Asociación en Participación, el

Consorcio y el Joint Venture.

Los recursos destinados a los contratos, mencionados anteriormente, serán considerados como inversión extranjera directa cuando se otorgue al inversionista extranjero una forma de participación en la capacidad de producción, sin que ello suponga aporte de capital y que corresponda a operaciones comerciales de carácter contractual a través de las cuales el inversionista extranjero provee bienes o servicios a la empresa receptora a cambio de una participación en volumen de producción física, en el monto global de las ventas o en las utilidades netas de la referida empresa receptora.

2. Preparación de la Minuta de Constitución:

La Minuta es el contrato social de la empresa. Deberá contener la información detallada de la empresa que se va a establecer (Identificación de Socios Fundadores, Objeto Social, Estatuto, descripción de los cargos de los directivos. La Minuta deberá ser firmada por un abogado.

3. Apertura de Cta. Corriente a nombre de la Empresa en Institución Bancaria Local.

4. Inscripción de la sociedad en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos:

La Minuta se presenta ante el Notario Público quien la elevará a Escritura Pública y preparará a los documentos para la inscripción ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP).

4.1. Inscripción ante SUNARP:

4.1.1 Formulario otorgado por SUNARP.

4.1.2 Pago por Derecho de Trámite.

4.1.3 Documentos otorgados por Notario.

5. Obtención del Registro del Contribuyente (RUC):

Se obtiene ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), órgano administrador de tributos en el Perú.

Requisitos:

5.1. Testimonio de Constitución Social, debidamente inscrito ante SUNARP.

5.2. Recibo de agua o luz del domicilio fiscal, el cual es el domicilio establecido para efectos tributarios.

5.3. Formulario de solicitud de inscripción de RUC de la SUNAT :

5.4. Documento de identidad en original del representante legal.

5.5. Título de propiedad o contrato de alquiler del lugar donde realizará su actividad  

       comercial.

6. Formalización de Libros Societarios

6.1 Apertura y Legislación de los Libros de Sociedad y Libros Contables

Requisitos:

6.1.1. Copia de Formulario de RUC

6.1.2. Libro a legalizar.

6.1.3 Pago por Derecho de Trámite.

6.2 Autorización del Libro de Planillas ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

6.2.1. Solicitud de autorización por Libro de Planillas o Libro de hojas sueltas debidamente numeradas.

6.2.2. Copia de RUC.

6.2.3. Nombre o Razón Social del Empleador.

6.2.4. Nombre del Representante Legal y N° de DNI.

6.2.5. Dirección del centro de trabajo(s).

6.2.6. Pago por derecho de trámite.

6.3 Obtención de Licencia Municipal de Funcionamiento (en la Municipalidad respectiva)

6.3.1. División de Licencias

Licencia de Funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales, servicios y servicios profesionales. (Ley N° 27972).

6.3.1.1. Solicitud

6.3.1.2. Certificado de Zonificación y Compatibilidad uso.

a. Solicitud – Formato.

b. Croquis.

c. Pago por derecho de trámite.

6.3.1.3. Información favorable de Defensa Civil:

Inspección Técnica de Seguridad incluye Certificado de Seguridad (INFORME FAVORABLE) para locales dedicados a giros: Comerciales, Industriales y otros giros.

Requisitos:

a. Solicitud dirigida al Alcalde.

b. Certificado de Conformidad de Establecimiento otorgado por División de Catastro y Autorizaciones Municipales (Certificado Catastral Base Legal Ley 27972)

Requisitos:

  • Solicitud dirigida al Alcalde.
  •  Copia Literal de dominio o copia del Título de propiedad.
  •  Plano de Ubicación y perimétrico firmado por profesional responsable.
  •  Pago por derecho de trámite.

c. Pago por derecho de trámite

6.3.1.4. Copia del Registro Único de Contribuyente (RUC)

6.3.1.5. Copia del Documento de Identidad del interesado o del Representante Legal de ser el caso.

6.3.1.6. Título de propiedad o contrato de alquiler del lugar donde se realizará su actividad comercial.

6.3.1.7. Copia simple de Escritura de Constitución de la persona Jurídica de ser el caso.

6.3.1.8. Copia de la autorización y/o certificación del sector correspondiente si fuera el caso.

6.3.1.9. Pago por derecho de trámite.

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